El Tribunal Supremo de España ha confirmado una condena de cuatro meses de prisión y multa para un hombre, su hija abogada y un amigo, por simular un préstamo y tratar de embargar la vivienda familiar de la exesposa y el hijo en común en Vigo. La sentencia, definitiva y sin posibilidad de recurso, determina que los acusados diseñaron un plan para aparentar una deuda de 50.000 euros con el objetivo de forzar la venta del inmueble en el que residían la exesposa y el menor.
Los implicados, Alejo, su hija Elsa y el amigo de la familia, Anselmo, elaboraron un contrato privado fechado el 17 de junio de 2006, en el que se establecía un préstamo ficticio de esa cantidad, supuestamente otorgado por León, padre de Elsa y amigo de la familia, con un plazo de devolución de tres años. Elsa, abogada encargada de la estrategia, gestionó la documentación y buscó validar el documento mediante una copia compulsada en Vigo. Sin embargo, la sentencia señala que la apostilla utilizada para autenticar el contrato era falsa.
El préstamo, en realidad, nunca se entregó ni se realizó movimiento financiero alguno, siendo solo un documento en papel. En 2014, ocho años después, Alejo solicitó mediante una demanda monitoria la devolución de la ‘deuda’ y sus intereses, presentando el contrato simulado. Durante el proceso, Alejo reconoció públicamente la inexistencia del préstamo y declaró que no podía pagarla, lo que llevó a que el juzgado emitiera un título ejecutivo a favor de Anselmo.
Siguiendo el plan, Anselmo interpuso una demanda de ejecución y Alejo señaló como bien embargable su antiguo domicilio familiar en Vigo, donde vivían su exesposa Eva y el hijo menor. La intención era que la subasta judicial del inmueble forzara la venta, privando a la familia de su vivienda. La exesposa, Eva, logró detener el proceso mediante diligencias penales y acciones legales.
Tras varios años de litigio, la sala del Tribunal Supremo subrayó que los tres acusados actuaron de común acuerdo y ordenó el pago conjunto de una indemnización a la exesposa, además de costas judiciales. Los antecedentes del caso se remontan a la ruptura matrimonial de más de una década atrás, cuando Alejo fue prohibido por orden judicial acercarse a su exesposa y sus hijas, y se confirmó la atribución judicial del uso de la vivienda a Eva y su hijo Heraclio, en diversas decisiones judiciales de Vigo.