Tribunal de Madrid autoriza desalojo de familia vulnerable de vivienda pública por recuperación patrimonial

01/03/2026 06:00 | 2 min de lectura

Tribunal de Madrid autoriza desalojo de familia vulnerable de vivienda pública por recuperación patrimonial

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid otorgó autorización para la entrada forzosa en un domicilio ocupado por una familia con cuatro menores en un inmueble de propiedad municipal, atendiendo a la necesidad del Ayuntamiento de Madrid de recuperar un bien público. La decisión, emitida el 8 de enero de 2026, busca ejecutar una orden de desalojo que había sido dictada en enero de 2024, y destaca la importancia de extremar cuidados para proteger a los menores durante el procedimiento.

El conflicto se originó a fines de 2023, cuando el Ayuntamiento inició un proceso administrativo para recuperar un inmueble en el distrito sur de Madrid, que se encontraba en situación de ocupación ilegal. La familia residía allí en condiciones de extrema precariedad, según reportes de los servicios sociales municipales, enfrentando pobreza, insalubridad y hacinamiento, situaciones que los ubicaban en una situación de exclusión social severa.

Tras varias etapas burocráticas, en enero de 2024 el ayuntamiento dictó un decreto que desestimaba las alegaciones de los ocupantes y ordenaba su desalojo voluntario en ocho días hábiles, advirtiendo que de no cumplirse, se ejecutaría el desalojo forzoso mediante medios municipales. La familia, dependiente del ingreso mínimo vital y en búsqueda de vivienda social, rechazó abandonar el inmueble, argumentando la falta de una alternativa habitacional y solicitando apoyo de rentas sociales o soluciones estables para evitar el desamparo, especialmente de los menores.

Frente a su negativa, el Ayuntamiento solicitó autorización judicial para llevar a cabo el desalojo. En marzo de 2025, la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid negó la petición, indicando que los procedimientos no estaban debidamente cumplidos y que no existía una orden clara que justificara un desalojo forzoso, enfatizando la protección de derechos fundamentales y garantías procesales.

El recurso del ayuntamiento fue admitido a trámite, y en los meses siguientes, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Madrid evaluó si era procedente autorizar la entrada al domicilio. Durante este proceso, se constató un compromiso de los servicios sociales y la presencia de intervención del Samur Social el día del desalojo, con la finalidad de garantizar la protección de los menores y ofrecer alternativas habitacionales.

Finalmente, el tribunal revocó la decisión previa y autorizó la entrada forzada, imponiendo condiciones estrictas para reducir el impacto social y proteger a los miembros vulnerables, principalmente a los menores. La resolución establece que la actuación debe coordinarse con los servicios sociales, realizarse en horario diurno y días laborables, y en un plazo limitado para minimizar el impacto emocional.

Además, ordena que la Administración facilite un informe detallado al juzgado sobre el desarrollo de la ejecución y las medidas de protección adoptadas, garantizando así un control judicial efectivo y el respeto a los derechos de las personas afectadas.

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