Trabajador despedido en San Martín deberá indemnizar a ex compañera por agresiones en grupo de WhatsApp

09/02/2026 22:30 | 2 min de lectura

Trabajador despedido en San Martín deberá indemnizar a ex compañera por agresiones en grupo de WhatsApp

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Martín confirmó la condena a un empleado por hostigamiento y daños morales contra una ex gerenta de recursos humanos, en un caso vinculado a amenazas y agresiones verbales en un grupo de WhatsApp corporativo. La resolución judicial, que rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa, establece que el demandado deberá pagar una indemnización y cubrir los costos del proceso.

La denuncia fue iniciada por la mujer, quien alegó haber sido víctima de mensajes violentos, amenazas, descalificaciones a su estado de salud y expresiones injuriosas por parte de un compañero de trabajo tras su desvinculación laboral en la empresa donde ambos laboraban. La víctima, en su rol jerárquico, acusó al demandado de propagar estas conductas en comunicaciones privadas y en un grupo laboral, generando temor en su entorno familiar.

El tribunal de primera instancia consideró probados los hechos, basándose en diferentes pruebas, entre ellas, informes de la causa penal, informes internos de la empresa, declaraciones testimoniales y un informe notarial. La jueza concluyó que las conductas del demandado constituían hostigamiento y difamación, afectando tanto su honra como su reputación.

El demandado apeló la decisión, alegando que no se había fundamentado adecuadamente su responsabilidad en los mensajes y que la indemnización resultaba excesiva. La Cámara analizó estos argumentos y determinó que la apelación carecía de una crítica fundamentada y concreta, limitándose a expresar disconformidad general con la sentencia.

Por ello, la Cámara confirmó la resolución de primera instancia y declaró la inadmisibilidad del recurso, estableciendo que las costas del proceso, incluyendo honorarios, correrían a cargo del apelante. El fallo también valoró las evidencias provenientes de la causa penal y las actuaciones relacionadas con la ley de violencia de género, que aportaron contexto a la conflictividad laboral.

El proceso incluyó la revisión de documentación laboral, informes notariales y testimonios de testigos, lo cual permitió verificar la existencia de daño moral en la víctima, debido a la vulneración de sus derechos personalísimos. La sentencia recalca que una impugnación debe fundamentarse en argumentos sólidos, ya que la mera disconformidad no justifica la revisión judicial.

Este fallo reafirma la protección legal frente a la violencia laboral, resaltando la importancia de la prueba en estos casos y estableciendo precedentes sobre la responsabilidad de empleadores y empleados en situaciones de acoso y hostigamiento en ambientes de trabajo, en especial en plataformas de comunicación como WhatsApp. La resolución deja en firme la condena, reforzando la obligación de responder por daños extracontractuales que lesionen la dignidad y el honor de las personas.

Fuentes: <a href='https://www.infobae.com/judiciales/2026/02/10/agresiones-en-un-grupo-laboral-de-whatsapp-un-trabajador-despedido-debera-indemnizar-a-una-ex-companera/'>Infobae</a>

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