TEEM rechaza reincorporación de presidenta municipal de Capulhuac en prisión y anula sesiones ilegales

Por: Equipo de Redacción | 17/07/2025 17:00

TEEM rechaza reincorporación de presidenta municipal de Capulhuac en prisión y anula sesiones ilegales

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) concluyó una serie de resoluciones relacionadas con el municipio de Capulhuac, destacando la negativa a reincorporar a la presidenta municipal con licencia, quien actualmente se encuentra en prisión preventiva justificada y suspendida judicialmente.

Durante la sesión pública, el TEEM resolvió el juicio de la ciudadanía local 261/2025, en el cual la presidenta municipal con licencia de Capulhuac solicitó su reincorporación. La autoridad electoral consideró inviable su petición, dado que la funcionaria se encuentra en prisión preventiva y suspendida temporalmente por resolución de un juez penal del Estado de México; por tanto, el juicio fue desechado por carecer de materia e improcedente.

Asimismo, en el juicio de la ciudadanía local 282/2025, el Tribunal revocó las sesiones de cabildo realizadas los días 23 y 24 de junio, argumentando que fueron convocadas por Edgar Quintero Manjarrés, quien ya había sido removido como secretario del Ayuntamiento y no tenía autoridad legal para emitir dichas convocatorias. Además, se estableció que la presidenta municipal con licencia no podía presidir sesiones, al estar legalmente separada del cargo. Todas las decisiones tomadas en esas sesiones fueron declaradas nulas.

En otro asunto, el TEEM desechó un juicio promovido por integrantes del ayuntamiento de Capulhuac, debido a que varios actos impugnados no corresponden a materia electoral o fueron presentados fuera de los plazos legales, resultando en su inadmisibilidad.

Por otro lado, en los juicios de inconformidad 17/2025 y 271/2025, promovidos por Yesenia Maya Osorio, se impugnó la elegibilidad de Verónica Ávila Acera como jueza penal en Toluca, acusando posibles conflictos de interés por su anterior vínculo con el Instituto Electoral del Estado de México. El Pleno confirmó su candidatura, argumentando que no existen resoluciones firmes ni pruebas que acrediten inelegibilidad o parcialidad.

En un caso relevante, el TEEM resolvió el juicio 266/2025, presentado por la persona de género no binario Consuelo Elena Lara Paura, quien denunció discriminación estructural por haber sido registrada en la boleta electoral como hombre. El Tribunal determinó que los señalamientos, presentados de forma extemporánea, no afectaron la validez de la elección, pero ordenó al IEEM realizar un estudio de idoneidad para promover acciones dirigidas a personas no binarias antes del próximo proceso electoral.

Asimismo, en el juicio 274/2025, el TEEM revocó un oficio del IEEM que respondía de manera improcedente a una solicitud de acción afirmativa en favor de una candidata no binaria. El Tribunal aseguró que la autoridad responsable era el Consejo General del IEEM.

El Tribunal también desechó otros recursos por improcedencia, como el caso de Marisela Reyes Hernández (277/2025), quien impugnó la admisión de quejas en su contra, argumentando que los actos no tenían carácter definitivo. Asimismo, en el recurso 5/2025, promovido por una ciudadana debido a una omisión del IEEM, se concluyó que la demanda carecía de materia tras haberse emitido el acuerdo correspondiente, ordenando agregarlo a la notificación.