SUNAT permite pagar multas en lugar de incautar mercadería mal declarada en Aduanas bajo nueva normativa

04/02/2026 10:00 | 1 min de lectura

SUNAT permite pagar multas en lugar de incautar mercadería mal declarada en Aduanas bajo nueva normativa

El Gobierno de Perú modificó el régimen aduanero mediante el Decreto Legislativo N° 1711, que entra en vigor tras su publicación en el Diario Oficial El Peruano, para ofrecer una alternativa al comiso de mercadería mal declarada en operaciones de tránsito internacional o transbordo. La medida elimina la incautación automática por parte de SUNAT cuando, durante controles aduaneros, se detecta que la mercancía no está correctamente declarada, siempre que el transportista o su representante opte por pagar una multa en un plazo de 30 días hábiles desde la notificación. Esta opción solo aplica si la mercancía aún está en el medio de transporte y se cumplen ciertos requisitos previstos en el reglamento. La reforma también flexibiliza la corrección de errores en los manifiestos de carga antes del control aduanero, permitiendo rectificaciones o incorporaciones documentales dentro de los plazos establecidos, con el fin de reducir sanciones por omisiones menores. Además, el decreto busca una respuesta proporcional ante infracciones documentarias en la cadena logística internacional, facilitando que los operadores puedan regularizar las situaciones sin perder automáticamente la mercancía, salvo en casos graves o prohibidos. La implementación de esta normativa dependerá de la publicación y adecuación del reglamento y la tabla de sanciones de la Ley General de Aduanas, con un plazo máximo de 45 días calendario. Por otro lado, el Gobierno amplió los supuestos en los que SUNAT podrá aplicar un percepción adicional del 10% en el IGV a importaciones consideradas de riesgo, incluyendo omisiones o pagos tardíos en los últimos 12 meses, además de los casos existentes como primera importación o la omisión del RUC. La actualización busca fortalecer la recaudación y el control fiscal en comercio exterior, exigiendo el pago previo al retiro de la mercancía.

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