Rechazan reclamación de un propietario tras explosión de equipo de GNC en su vehículo en Argentina

09/02/2026 02:30 | 3 min de lectura

Rechazan reclamación de un propietario tras explosión de equipo de GNC en su vehículo en Argentina

Un propietario de un automóvil llevado a reparación en un taller de GNC en Parque Patricios, Ciudad de Buenos Aires, no logró que la Justicia le reconozca una indemnización por daños y perjuicios tras la explosión e incendio total de su vehículo, un Volkswagen Suran, ocurrido en 2018. La Cámara Comercial confirmó en dos instancias que no se acreditó la relación causal entre el trabajo realizado en el taller y el siniestro. La causa inició con la denuncia del dueño, quien reclamó cerca de 2 millones de pesos por daños, alegando que el incidente se produjo tras realizar un recambio de electrónica del sistema de GNC y la instalación de una sonda lambda, por los cuales pagó en total aproximadamente 16.400 pesos. Según su versión, el vehículo funcionó normalmente durante la primera semana, pero luego comenzaron fallas hasta que, un mes y medio después, mientras conducía, notó humo y fuego en la parte frontal. Los bomberos confirmaron la explosión y el incendio del sistema de GNC.

El propietario atribuyó el siniestro a una posible filtración de combustible derivada de un trabajo insuficiente realizado por el taller. Además, solicitó daños y perjuicios que incluían reparación de daños materiales, indemnización moral, privación del uso del vehículo con fines laborales, multas por daño punitivo y reembolso de gastos relacionados. El taller rechazó las acusaciones, alegando que no hubo relación causal y que el trabajo se realizó sin inconvenientes hasta la fecha del incendio. La aseguradora, que tenía una póliza de responsabilidad civil por 150.000 pesos, también negó el nexo entre los trabajos y el siniestro.

En primera instancia, el juez determinó que, si bien el incendio y las reparaciones del sistema de GNC quedaron acreditados, no existió evidencia suficiente para vincular el daño con la intervención del taller. La prueba pericial mecánica no pudo determinar la causa del fuego, pues el vehículo no fue sometido a inspección y no existían documentos que probasen la relación entre los daños y la reparación. El demandante apeló, argumentando que debió aplicarse la inversión de la carga probatoria en virtud de la relación de consumo y destacando la existencia de fotografías y comprobantes.

La Cámara Comercial, en su análisis, reafirmó que la pericia no logró determinar el origen del incendio, dado que el vehículo no fue presentado para revisión y solo se pudo evaluar documentación fotográfica, que no aportó evidencia específica sobre el equipo de GNC ni su instalación. Además, no existían presupuestos de reparación que permitieran acreditar los daños reclamados.

El tribunal recordó que, aunque la Ley de Defensa del Consumidor impone una carga probatoria distinta para los proveedores, el consumidor debe aportar al menos elementos mínimos que respalden su reclamo. La declaración de empleados del taller no fue suficiente, ya que el demandante no realizó preguntas que vincularan las tareas realizadas con el incendio, limitando así la prueba.

Asimismo, la declaración de rebeldía del demandado fue considerada como resultado de un error en la notificación, y no como una presunción de que el demandado era responsable. La sentencia concluyó que no se probó que el incendio se hubiera originado por fallas en la información o en el uso del equipo de GNC proporcionada por el taller. En consecuencia, la demanda fue rechazada y se impusieron costas al actor en ambas instancias.

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