La Justicia argentina ordenó la indagatoria y prohibición de salida del país de diversos dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), entre ellos el presidente Claudio Tapia y el tesorero Pablo Toviggino, en el marco de una investigación por omisiones en el pago de retenciones fiscales. La medida, dictada por el Juzgado Penal Económico N° 5, responde a la gravedad de los hechos y la posible severidad de las penas, según la norma del artículo 55 del Código Penal.
El juez Diego Alejandro Amarante notificó a los implicados a través de una resolución que también instruye a la Dirección Nacional de Migraciones y al Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (SIFCOP) a implementar las restricciones migratorias. Las audiencias comenzarán el 5 de marzo de 2026, con la comparecencia de Tapia y representantes de la AFA, seguida por Toviggino, Gustavo Lorenzo, Víctor Blanco y Cristian Malaspina en fechas posteriores.
La medida se fundamenta en una denuncia de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que acusa a la AFA de no pagar tributos y contribuciones sociales por más de 19 mil millones de pesos en diferentes períodos fiscales entre marzo de 2024 y septiembre de 2025. La entidad sostuvo que las omisiones fueron deliberadas y que los directivos tenían fondos suficientes para cumplir con sus obligaciones fiscales, respaldados por ingresos bancarios de más de 45 billones de pesos en diciembre de 2024 y fuertes inversiones durante 2025.
Testimonios de funcionarios de la administración de la AFA, como Mónica Bouvet y Paula Méndez, revelaron que los pagos estaban condicionados a órdenes verbales de Toviggino, en un proceso que requería firma conjunta y control estricto de fondos. La querella argumenta que las deudas fiscales, generadas en múltiples períodos, no fueron acciones aisladas, sino una práctica sistemática bajo la supervisión de la directiva.
Tras el rechazo de un recurso de la defensa solicitando el cierre de la causa por supuesta inexistencia de exigibilidad jurídica, el juez Amarante sostuvo que los incumplimientos fiscal-tributarios fueron evidentes y que la existencia de intereses resarcitorios confirmaba la obligación vencida. La resolución señala que las recientes resoluciones administrativas no modifican el marco penal ni justifican la impunidad.
El magistrado enfatizó que las diversas omisiones durante 19 meses, consideradas como hechos independientes, permiten sumar las penas según el régimen de concurso real, lo que aumenta la gravedad de la situación y justifica la imposición de medidas preventivas, como la restricción migratoria, para garantizar la comparecencia de los imputados.
Este actuar judicial refleja la gravedad de la fiscalización y el compromiso de la justicia argentina en perseguir delitos tributarios, especialmente cuando involucran a instituciones deportivas de alto perfil y generan un importante daño patrimonial al Estado.