En Colombia, millones de trabajadores formales pueden reclamar sus cesantías, una prestación social obligatoria que los empleadores deben consignar anualmente en fondos previsionales. En 2025, las empresas realizaron aportes por más de 16 billones de pesos, reflejando la importancia de este mecanismo de protección económica.
Las cesantías sirven como un fondo de subsistencia para los trabajadores en caso de pérdida de empleo, y su pago constituye un derecho que deben cumplir los empleadores en el plazo correspondiente. Para garantizar su correcto cumplimiento, es crucial que las áreas de talento humano revisen y gestionen con precisión las fechas de consignación, especialmente en febrero de 2026, cuando la ley traslada la fecha límite del 14 al lunes 16, debido a que el 14 cae en sábado. Retrasos en el pago pueden acarrear sanciones equivalentes a un día de salario por cada jornada de retraso.
Uno de los aspectos menos conocidos y más importantes para los trabajadores es la prescripción de las cesantías, que vence a los tres años contados desde el día siguiente a la terminación del contrato laboral, según los conceptos 58181 de 2019 y 156111 de 2022 del Departamento Administrativo de la Función Pública. Esto significa que, si no se reclama en ese plazo, el derecho a retirar las cesantías se pierde de forma definitiva.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia estableció en la Sentencia 67636 del 21 de noviembre de 2018 que solo prescriben las cesantías definitivas, ya que estas se hacen exigibles únicamente tras la conclusión del vínculo laboral. Por lo tanto, los empleados tienen un plazo de hasta tres años para solicitar su retiro luego de que finalice su empleo.
El cálculo del monto de las cesantías varía según la normatividad y el salario del trabajador. La profesora Daniela Henao, experta en Derecho a la Seguridad Social, explica que estas corresponden aproximadamente a un mes de salario por cada año laborado, considerando el último salario mensual, el auxilio de transporte y el número de días trabajados, dividiendo el total por 360. En casos de salarios variables, se recomienda usar el promedio de los últimos 12 meses o del período trabajado en general.
Para los trabajadores del sector construcción, se aplican reglas especiales del artículo 310 del Código Sustantivo del Trabajo. El retiro anticipado de cesantías solo es posible en circunstancias legales específicas: para compra o reparación de vivienda, o para financiar estudios de educación superior, durante la vigencia del contrato. Cualquier retiro fuera de estos supuestos está prohibido y puede acarrear sanciones.
Para consultar en qué fondo de cesantías están depositados los recursos, los empleados pueden revisar la plataforma oficial del Registro Único de Afiliados (Ruaf), que proporciona un informe completo de las afiliaciones. Además, herramientas tecnológicas como miplanilla.com facilitan la liquidación y pago de prestaciones sociales de forma segura y eficiente. También existen convenios con instituciones educativas que permiten usar las cesantías para cubrir matrículas y otros gastos académicos, ampliando las opciones para los trabajadores y sus familias.