Embargo salarial en Colombia 2026: límites legales y porcentajes permitidos a trabajadores

06/02/2026 04:30 | 2 min de lectura

Embargo salarial en Colombia 2026: límites legales y porcentajes permitidos a trabajadores

Los embargos salariales en Colombia siguen siendo una medida legal utilizada cuando no prosperan los mecanismos de conciliación en procesos judiciales por incumplimiento de obligaciones financieras, según informó Semana. Este procedimiento se activa únicamente por orden de una autoridad competente y puede afectar créditos hipotecarios, préstamos bancarios, deudas con particulares, cooperativas o compromisos alimentarios, siempre respetando los requisitos legales.

Un aspecto clave en la regulación vigente es que no toda la remuneración puede ser embargada. La ley colombiana distingue, según el origen de la deuda y el nivel de ingresos del trabajador, cuánto porcentaje de su salario puede afectar. Para obligaciones alimentarias y créditos con cooperativas, el límite es de hasta el 50 % de la remuneración mensual.

En otros casos, como deudas con bancos o personas naturales, si el salario es igual o inferior al salario mínimo legal mensual vigente, este ingreso es inembargable. Cuando supera este monto, solo puede embargarse hasta un 20 % del excedente, garantizando así la subsistencia del trabajador, conforme a la normativa laboral.

Las deudas suelen ser de carácter personal, aunque existen excepciones cuando se trata de obligaciones familiares mediante figuras contractuales como la codeudoría o en procesos de sucesión. Además, los embargos pueden afectar otras propiedades, incluyendo cuentas bancarias y bienes muebles o inmuebles, siempre bajo orden judicial, especialmente en casos de incumplimiento de impuestos, multas o sanciones.

Las autoridades administrativas permiten a los ciudadanos consultar su situación financiera a través de portales oficiales, como los de la DIAN, para verificar posibles deudas y acciones de cobro que puedan derivar en embargos.

En Colombia, los procesos de embargo se dividen en ejecutivos, que aplican cuando hay obligaciones claras y exigibles, y preventivos, que buscan asegurar bienes antes de la resolución judicial. La autoridad fiscal puede realizar embargos sobre cuentas o bienes, e incluir a deudores en el Boletín de Deudores Morosos del Estado, cuando la deuda supera los 7.117.500 pesos (equivalentes a 5 salarios mínimos legales mensuales) y lleva más de seis meses en mora.

Además, en determinadas situaciones, los incumplimientos pueden derivar en procesos penales. Todas estas acciones están sujetas a procedimientos legales que buscan equilibrar los derechos de los acreedores con la protección del ingreso mínimo requerido para la subsistencia del trabajador, conforme a las leyes colombianas vigentes para 2026, según señala Semana.

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