El Tribunal Supremo confirma que enfermar o tomar permisos no debe afectar incentivos salariales en México

02/02/2026 13:00 | 2 min de lectura

El Tribunal Supremo confirma que enfermar o tomar permisos no debe afectar incentivos salariales en México

El Tribunal Supremo de México ha establecido que excluir del cálculo de incentivos salariales los días de incapacidad médica o permisos legales es ilegal y discriminatorio, reafirmando la protección de derechos laborales en el país. La decisión, emitida el 16 de enero de 2026, respalda la interpretación de la Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación, que prohíbe penalizar a los trabajadores por motivos de salud, maternidad, paternidad o cuidado familiar.

La resolución responde a un caso presentado por el sindicato FeSMC-UGT en contra de la empresa Ayesa Ibermática, que aplicaba un sistema de retribución variable basado en las jornadas productivas, excluyendo los días de baja médica y permisos legales del cálculo de bonos e incentivos. Estos permisos incluían enfermedades graves, hospitalizaciones familiares, embarazo, parto, adopción y funciones sindicales, todos reconocidos por la legislación laboral mexicana.

El Supremo señaló que limitar los incentivos salariales en función de ausencias por razones de salud o permisos legales constituye una forma de discriminación directa. La sentencia también destaca que tales prácticas afectan especialmente a las mujeres, dado que la mayoría de permisos ligados a la conciliación y el cuidado familiar corresponden a tareas tradicionalmente asociadas al género femenino, perpetuando así la discriminación indirecta de género.

Asimismo, la corte defendió la legitimidad de los sindicatos, como UGT, para actuar en defensa de los derechos de los trabajadores frente a prácticas empresariales que vulneran la igualdad y la justicia laboral. La resolución envía un mensaje claro a las empresas mexicanas de que los incentivos y bonificaciones no pueden diseñarse vulnerando derechos fundamentales ni penalizando a trabajadores por motivos de salud o responsabilidades familiares.

Desde el sindicato FeSMC-UGT, la decisión ha sido celebrada como un avance significativo para la protección de los derechos laborales y de igualdad de género en México, reafirmando el compromiso con condiciones laborales justas y libres de discriminación.

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