Audiencia en Madrid reduce la pensión alimentaria de un padre divorciado por insuficiencia económica

18/02/2026 05:30 | 2 min de lectura

Audiencia en Madrid reduce la pensión alimentaria de un padre divorciado por insuficiencia económica

La Audiencia Provincial de Madrid modificó una sentencia previa en un proceso de divorcio en Alcobendas, ajustando la pensión compensatoria y el reparto de gastos extraordinarios de la pareja involucrada. La decisión, notificada el 20 de noviembre de 2025, responde a la apelación de Demetrio, quien alegó una precariedad financiera que no fue reflejada en la resolución inicial.

El caso comenzó cuando Demetrio, afectado por ingresos irregulares derivados de ventas y actividades independientes, solicitó una revisión de la pensión de 700 euros mensuales acordada en primera instancia para Julieta durante quince años y la distribución de gastos extraordinarios, que inicialmente se asignaron en un 70% a él. Demetrio afirmó que su salud y situación económica le impedían cumplir con esas obligaciones, ya que sus ingresos fluctúan entre 1,200 y 300 euros mensuales debido a su lucha contra el cáncer de tiroides.

La defensa de Julieta y el Ministerio Fiscal defendieron la sentencia original, señalando que se había analizado detalladamente el nivel de vida familiar y las necesidades de los hijos. Sin embargo, la Audiencia revaluó la decisión y estableció que Demetrio debía pagar 700 euros por cada uno de sus hijos desde marzo de 2021 hasta enero de 2023, en congruencia con los hechos. Desde esa fecha, la obligación solo corresponde al hijo menor, Miguel, hasta que alcance la independencia económica.

Respecto a la hija mayor, Visitación, que desde enero de 2023 percibe un salario de 1,000 euros mensuales, la sala eliminó la obligación de pagar pensión alimenticia, aunque se reconoció una deuda retroactiva por los gastos asumidos por Julieta hasta que Visitación comenzó a trabajar. La sentencia confirma que la obligación de alimentos finaliza cuando el beneficiario logra sostenerse por sus propios medios.

En relación con los gastos extraordinarios, la sala reconsideró el porcentaje asignado y redujo la cuota para Demetrio del 70% al 60%, mientras que aumentó la de Julieta al 40%, con posibilidad de revisión futura si cambian las circunstancias económicas.

Por otra parte, la pensión compensatoria, cuya duración original era de quince años, se mantendrá hasta 2040, con una reducción en la cuantía mensual a 500 euros. El tribunal justificó esta rebaja considerando la capacidad y salud de Julieta, quien tiene 51 años y buenas expectativas para reincorporarse al mercado laboral.

El análisis del tribunal sobre la situación económica de Demetrio reveló inconsistencias entre su estilo de vida —que incluye viajes, regalos costosos y actividades en el extranjero— y su declaración de recursos limitados. Demetrio admitió ingresos variables y propuso cifras de manutención que no coincidían con su situación real, por lo que la sentencia destacó que la carga de la prueba recae en quien afirma una condición económica precaria.

Finalmente, la resolución estipula que las partes pueden solicitar revisiones futuras si cambian sus circunstancias laborales o de salud, y los pagos de la pensión se ajustarán anualmente según el índice publicado por el Instituto Nacional de Estadística.

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