Las organizaciones políticas y candidatos que infrinjan las normas de propaganda electoral durante las elecciones generales de 2026 en Perú enfrentan sanciones económicas que pueden superar los 550,000 soles, según el reglamento actualizado del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Estas multas buscan fortalecer la fiscalización y garantizar el cumplimiento riguroso de las disposiciones para un proceso electoral ordenado. En un contexto de polarización política y desgaste institucional, las autoridades advierten que las infracciones relacionadas con la difusión de mensajes proselitistas tendrán consecuencias inmediatas y elevadas. La normativa vigente incluye mecanismos para detectar y sancionar dichas faltas, involucrando además a otras instituciones del Estado cuando se afectan bienes patrimoniales o se viola la normativa de la franja electoral en radio y televisión. El procedimiento sancionador contempla la intervención de fiscalizadores, recursos de apelación ante el pleno del JNE y sanciones que varían según la gravedad y la reincidencia, desde los 5,500 hasta los 550,000 soles. Las faltas graves, que incluyen la difusión de propaganda fuera del horario permitido, invocación de religión en mensajes proselitistas, colocación de publicidad en espacios no autorizados, o destrucción de propaganda ajena, son sancionadas con multas de entre 5,500 y 27,500 soles. Las infracciones más graves, como realizar proselitismo en instituciones públicas, en centros de salud, iglesias o cuarteles, pueden llegar a los 550,000 soles. Además, cuando las infracciones afectan bienes culturales, las sanciones incluyen la participación del Ministerio de Cultura y el Ministerio Público. La regulación establece que las infracciones detectadas por fiscalizadores del JNE en campaña electoral se resuelven inicialmente en los Jurados Electorales Especiales, con posibilidad de apelación ante el pleno del JNE. La ley también delimita espacios y métodos permitidos para la difusión de propaganda política, restringiendo la propaganda en radio y televisión a la franja electoral oficial y prohibiendo la difusión sin autorización en predios públicos o privados. El incumplimiento de estas normas, como la realización de propaganda no autorizada en instituciones públicas o la alteración de material de otros candidatos, es considerado infracción muy grave. Luis Ramos, representante de fiscalización del JNE, enfatizó que el cumplimiento de estas disposiciones es esencial para garantizar un proceso electoral transparente, resaltando que las sanciones actúan de manera preventiva y correctiva para evitar prácticas indebidas durante el proceso electoral de 2026.